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sábado, 6 de febrero de 2016

Nuevo Estatuto de "Participación" Ciudadana.

Debe de ser, como en anteriores ocasiones, que el mensajero la lía, pero no acabo de entender como va esta historia: el día 13 de marzo se van a elegir "democráticamente" los Alcaldes de Pueblo en base a un nuevo Estatuto que se aprobará en el Pleno Municipal el próximo 25 de febrero. 
El Estatuto, o al menos la redistribución de Pueblos se ha debatido en "Asambleas" aún no concluidas en todos los Pueblos, salvo que fuesen clandestinas y sólo se haya enterado quien debía enterarse. 
En las reuniones, además de concejales del equipo de gobierno (ninguno de la oposición), ha participado, un comisario político de cada partido integrante del equipo, no comprendo en absoluto con que democrático objeto. 
A la semana siguiente de su aprobación en el Pleno se constituirá (o convocará) la Asamblea General de Vecinos de cada núcleo, ante las que se presentarán las candidaturas a Alcalde de Pueblo. 
Las Asambleas estarán formadas por un representante municipal, miembros de asociaciones y "otros vecinos". 
El segundo domingo de marzo se celebrarán las elecciones para elegir el Alcalde de Pueblo (luego ya, con más tiempo sabremos con que funciones y competencias). 
Las Asambleas tendrán carácter "permanente" y se reunirán periódicamente para tratar asuntos del núcleo. 
El Alcalde (de Langreo) anima a los vecinos a participar en el proceso (si el tiempo y la autoridad lo permiten). 
Las reuniones programadas que finalizan la última semana de este mes (no queda claro si antes o después del Pleno) parece ser que han tenido poca participación juvenil, pero eso se arreglará en cuanto el "nuevo" sistema informático (como el Mesías) llegue a nosotros, según el Alcalde (la pirámide poblacional no debe tener nada que ver).

El PSOE de Langreo responde
El PSOE critica que en las reuniones con los vecinos han tenido "un papel relevante personas que ni forman parte de la corporación, ni entendemos que tengan potestad o representatividad alguna para tomar decisiones en el ámbito municipal". Parece ser, añaden, que "en los últimos meses han adquirido un papel importante como asesores de la coalición de gobierno, sin que se nos haya respondido todavía a la pregunta acerca de cuál es su situación en el Ayuntamiento".







Los partidos del equipo de gobierno siguen con el proceso ... a su manera.

sábado, 9 de enero de 2016

El nuevo parto de los montes: auditar la Mancomunidad














Hace mucho tiempo... en una galaxia muy lejana ... los montes comenzaron a hacer ruido y a dar señales de ir a parir.
Las gentes que no recordaban suceso semejante, esperaban con miedo y asombro, por ser testigos de un hecho tan singular.
En los chigres se cruzaban apuestas acerca de qué tipo de medidas terminarían por parir los montes.
Y es que los ruidos eran desgarradores, y paisanos y paisanas estaban seguros de que del parto surgiría algo enorme y nuevo.
Llegado el día, el fruto del parto fue un mísero ratón; por lo que, hasta los más atemorizados, sonrieron socarronamente: Mucho ruido y pocas nueces y nada nuevo en política.
Quienes después de negar lo prometido en campaña (auditar el ayuntamiento) y que nada más llegar aparcaron el tema por oneroso e innecesario, según decían;  ahora salen con auditar la Mancomunidad de Servicios del Valle del Nalón, (aportan 860.000 €) después de un rifirrafe en el pleno de constitución de la nueva directiva del ente supramunicipal.


























Desde la alcaldía de Langreo no se descarta incluso el abandono de la Mancomunidad previa auditoría y consulta a los vecinos.

- El equipo de gobierno no muestra la misma diligencia y radicalidad respecto de la gestión de Aqualia en Aguas de langreo con un inmovilizado intangible (aire en lugar de agua) de 9.832.083 € sobre 11.387.104 € de activo total, y unas deudas a largo plazo (con entidades de crédito) de 1.429.999 € y de 5.548.310 € con Aqualia en 2014 y deuda a corto (anual con Aqualia) de 731.645 €.
- Tampoco se están dando prisa con la aplicación del Estatuto de Participación Ciudadana y la elección democrática de los Alcaldes de Pueblo.
- Ni es seguro que en el próximo Pleno den cuenta, los grupos municipales, de lo que han hecho con el dinero que se les asigna, ni mucho menos se convocará una consulta para que la ciudadanía decida si se ganan el sueldo y las dietas.
- Tampoco corre prisa ceder un espacio a ADEPAVAN en los bajos del edificio del desempleo para que puedan informar y asesorar a los parados, sobre los requerimientos que les hace el SEPE, o de la jubilación anticipada forzosa para parados de más de 61 años; parece que no hay espacio en unos locales municipales destinados a Jóvenes (no parados) y a Mujeres (no paradas).
- Nitrastur y otros vertederos tóxicos seguirán donde están.
- Las piscinas descubiertas seguirán siendo la pelota de pin pon para jugar con el Principado.
- Las propuestas y reclamaciones de los vecinos (que no respondan a lo ya previsto) dormirán en un cajón el sueño de los justos, hasta la próxima campaña electoral.

Nada de esto, entre otras muchas cosas, es importante o urgente ... lo que cuenta es que en la Mancomunidad gobierna el PSOE.


La política espectáculo puede dar réditos electorales, pero no resuelve los problemas de la gente.


jueves, 31 de diciembre de 2015

Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas

Responder a la encuesta al terminar de leer.

Aunque en un impulso espontáneo digamos, alto y claro, que  ¡¡NINGUNO!!, al menos sobre el papel (que todo lo aguanta) esto no es exacto, en realidad están a nuestro servicio.

- Primero de todo tenemos la Constitución y aquello del derecho al trabajo y a una vivienda digna, por poner sólo un ejemplo clarificador.
- Segundo hay que establecer de que hablamos cuando decimos "Administraciones Públicas".

La organización de la Administración Pública de España está basada en tres niveles básicos de Administraciones territoriales independientes y autónomas, cuyas potestades se dividen en función de la distribución competencial que hagan las leyes y la Constitución: La Administración General del Estado, las Administraciones autonómicas, las Administraciones locales, y junto a ellas, un amplio conjunto de Administraciones instrumentales, que pese a ser parcialmente independientes, tienen su base en la Administración territorial que las haya creado.

Para regular el tráfico en este caos, se redactó la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ... que en su Capítulo I de Normas generales incluye el Artículo 35 de derechos de los ciudadanos.
Y dice así ... Los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tienen los siguientes derechos:

a) A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y obtener copias de documentos contenidos en ellos. (a partir de que los reclamen y les contesten)
b) A identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos. (No se trata de una rueda de reconocimiento)
c) A obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos, salvo cuando los originales deban obrar en el procedimiento. (O al funcionario se le olvide devolvértelos)
d) A utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en esta Ley y en el resto del Ordenamiento Jurídico. (Sic)
e) A formular alegaciones y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución. (Todo lo que alegues podrá ser usado en tu contra)
f) A no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante. (Todo lo que presentes podrá ser usado en tu contra)
g) A obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar. (Siempre que traigas los deberes hechos)
h) Al acceso a la información pública, archivos y registros. (Transparencia creo que le llaman)
i) A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y funcionarios, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. (Como no puede ser de otra manera)
j) A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente. (Son molinos mi señor Don Quijote ...)
k) Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las Leyes. (Y además un huevo duro).

sábado, 12 de diciembre de 2015

Participación ... cuantos "errores" se cometen en tu nombre.

El Equipo de Gobierno Municipal de Langreo mantendrá reuniones con las vecinas y vecinos, para debatir el Borrador de Presupuestos Municipales de 2016.
Han cometido el mismo error de la anterior (* de impuestos) en cuanto a su indefinición institucional, aunque hay que reconocer que en esta ocasión hemos tenido más información previa en la página del ayuntamiento.
Este calendario de reuniones se explica como un proceso participativo, pero olvida algunas premisas básicas: información, motivación y pedagogía.
- Dar categoría institucional a las reuniones (* Audiencia Pública) daría credibilidad al proceso, abriéndolo a todos los grupos municipales y la ciudadanía a la que representan.
Mantener la estética asamblearia de partido, aparta y justifica la ausencia de la oposición.
- La información aportada es parcial, e indigerible para la inmensa mayoría (supuesto que la descargue y la lea) y no queda claro cual es el papel que representamos los ciudadanos en estos actos (se trata de un único debate itinerante en siete etapas, donde pueden participar todos los vecinos de Langreo, no sólo los de la localidad donde tiene lugar cada uno de ellos).
- Cada cuál quiere saber "qué hay de lo suyo" y para eso habría que ir más al detalle, y en algún caso * analizar y combinar la información para hacerla comprensible.
De la 4ª prioridad establecida (una parte de las inversiones se debatirán con las vecinas y vecinos) no se deduce, como algunos pensábamos, un reparto por zonas de una parte de la inversión, siendo los vecinos interesados quienes establecían sus prioridades.
Según pude entender se trataría de una especie de concurso de ideas innovadoras a desarrollar local o municipalmente de acuerdo a unas bases por definir.
De la * reseña de prensa de la primera reunión: "El gobierno local de Langreo inició en la tarde de ayer la ronda de asambleas de participación vecinal para presentar su borrador del presupuesto municipal a la ciudadanía. El objetivo de estos encuentros es que los vecinos puedan realizar sus sugerencias y aportaciones
En total habrá siete asambleas vecinales y tres comisiones de Hacienda para discutir la propuesta con los grupos municipales. 
La intención del gobierno local es aprobar el presupuesto de 2016 antes de que concluya el presente ejercicio."
Lo que se aprobará es provisional (requisito legal) continuando el * procedimiento hasta su aprobación definitiva, ya en 2016.
La participación de los vecinos no se limita a estas asambleas, existe un plazo marcado por la Ley, de 15 días (hábiles), para que cualquier ciudadano pueda examinar libremente el Presupuesto, mientras se encuentra en exposición pública, y pueda presentar reclamaciones si lo considera oportuno. 
En las siguientes fechas:
La Felguera -> Viernes 11 a las 19:30h en la Casa de Encuentros (Centro Asesor de la Mujer)
Sama -> Martes 15 a las 19:30h Conservatorio de Sama.
Lada -> Miércoles 16 a las 19:30h Centro Social.
Ciañu -> Jueves 17 a las 19:30h Casa la Buelga.
Riañu -> Viernes 18 a las 18:00h Casa de la Cultura.
Tuilla -> Lunes 21 a las 19:30h Centro Social.
Barros -> Martes 22 a las 19:30h Centro Social.
Las 4 prioridades o líneas a seguir son:

- Oferta Pública de Empleo.
- Protección Social y Gasto Social.
- Ahorro en Gasto Corriente y Eficiencia.
- Inversiones en ahorro e inversiones participativas (una parte de las inversiones se debatirán con las vecinas y vecinos)

Arriba calendario y prioridades, abajo ficheros de documentación en la WEB municipal.
Capítulos Presupuesto Municipal
vacio
Ficheros
























jueves, 12 de noviembre de 2015

Vuelva usted mañana ... con los papeles (para el IBI) compulsados


El Ayuntamiento de Langreo estima que ayudará hasta a 300 familias necesitadas del concejo a pagar el IBI de 2015. (Ver noticia)


BASES PARA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PÚBLICAS MUNICIPALES PARA SUFRAGAR LOS GASTOS DE I.B.I. RELATIVOS A LA VIVIENDA HABITUAL DE PERSONAS Y FAMILIAS DEL MUNICIPIO DE LANGREO. (Ver PDF)

Si los requisitos para la exención de las tasas de agua, basuras y alcantarillado me parecían difíciles de alcanzar para el común de los mortales, en el tema de las ayudas para el IBI el ayuntamiento, en mi opinión, se ha superado.
Los solicitantes no habituales necesitarán un cursillo intensivo para captar los matices de la convocatoria y penetrar en los arcanos de las distintas administraciones de las que deberán obtener certificación actualizada.
Aún con el cursillo necesitarán recurrir a la oración (a santa Rita) o la ayuda que puedan darles desde algún grupo municipal que monte una oficina especializada usando la asignación mensual que reciben.
OBJETO.- La presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para hacer frente a los gastos derivados del pago del impuesto de bienes inmuebles correspondiente a la propiedad de la vivienda habitual, exclusivamente para uso residencial, en el ejercicio 2015, a las personas y familias que cumplan con lo establecido en las mismas. 
(La concurrencia competitiva es el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones con presupuestos limitados; no de ayudas sociales a colectivos necesitados que no "compiten" por las ayudas. Si el presupuesto es limitado parece más justo un reparto equitativo de los fondos disponibles)

Esquema de requisitos:
- Que ni el solicitante ni ninguno de los miembros de su unidad familiar sean titulares, en régimen de propiedad, de otro bien inmueble en todo el territorio nacional que reúna las debidas condiciones para ser habitada.

- Que el valor catastral total que figure en el recibo de pago del IBI correspondiente al ejercicio 2015 no sea superior a 60.000 euros. 

- Que los ingresos brutos anuales de todos los miembros de la unidad familiar que habiten en la vivienda objeto de la presente convocatoria no superen las siguientes cuantías: 1 miembro u.f.  665,64 euros al mes - 2 miembros u.f.  798,77 euros al mes - 3 miembros u.f.  931,89 euros al mes - 4 miembros u.f.  1.065,02 euros al mes - 5 o + miembros  1.198,15 euros

Ayuda del 100% 
1a - Para unidades de convivencia con todos sus miembros en situación legal de desempleo con una antigüedad de más de 6 meses a la fecha de publicación de la presente convocatoria y siempre que ninguno de ellos cuente con subsidio o ayuda proveniente de los Servicios Públicos de Empleo o Salario Social Básico.
1b - Para unidades de convivencia en la que los ingresos por cualquier concepto de todos los miembros no superen el 75% del IPREM.

Ayuda del 50%
2 - Para unidades de convivencia en la que los ingresos por cualquier concepto de todos los miembros sean superiores al 75% y no superen el 100% del IPREM.


Documentación a presentar con la solicitud. 
A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación preceptiva: 
a) Fotocopia compulsada del D.N.I. del solicitante (N.I.E. en caso de extranjeros) y de los mayores de 18 años de la unidad familiar. 
b) Fotocopia del libro de familia donde figure el matrimonio y/o los hijos menores de 26 años y en el caso de parejas de hecho, documento similar, si no se dispone de libro de familia. 
c) Certificado de empadronamiento donde se haga constar todos los miembros de la unidad de convivencia que figuran en la vivienda objeto de la solicitud. 
d) Fotocopia compulsada del recibo del Impuesto Municipal de Bienes Inmuebles correspondiente al ejercicio 2015 que identifique de manera indubitada el inmueble objeto de la petición de subvención, así como el pago del mismo. 
e) Certificado actualizado del Servicio Público de Empleo que acredite si cada uno de los miembros de la unidad familiar está inscrito como demandante de empleo y es o ha sido perceptor o no de alguna prestación o subsidio por desempleo en los últimos seis meses, así como las prestaciones percibidas durante el ejercicio 2014.  
f) Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2014 del solicitante y de las personas mayores de 18 años empadronadas en la vivienda habitual objeto de la presente convocatoria, o en su caso, documento justificativo de la no obligatoriedad de su presentación. 
g) Para el caso de que el solicitante y/o las personas mayores de 18 años empadronadas en la vivienda habitual objeto de la presente convocatoria no hubieran presentado Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2014, se requerirá certificado del INSS que acredite si cada uno de los miembros de la unidad familiar, activos y no activos, perciben o no pensiones de la Administración Pública y en caso positivo, qué clase de pensión perciben y su importe, así como certificado bancario sobre rendimientos de capital mobiliario, dividendos, etc. Para el supuesto de perceptores de salario social básico, certificado acreditativo de la cuantía del mismo durante el ejercicio 2014
h) Informe de la vida laboral de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años en activo. 
i) Certificado de bienes urbanos del solicitante y de todos los miembros de la unidad de convivencia, expedido por la Oficina correspondiente de la Dirección General del Catastro, donde se acredite que, aparte de su residencia habitual, no es titular de ningún otro bien inmueble urbano de uso residencial en todo el territorio nacional. 

Criterios de concesión de las ayudas. 
El crédito presupuestario (50.000 €) de esta convocatoria tiene carácter limitativo y vinculante respecto del número y cuantía de las ayudas a conceder. 
 Para el supuesto de que el montante económico final de las ayudas concedidas supere el importe indicado, se priorizará su concesión atendiendo a los siguientes factores según el orden indicado seguidamente: 
 - Prioridad de las solicitudes a las que se les haya concedido el 100%.
- Si aún entre todas las solicitudes del apartado anterior se superase el límite establecido, se dará prioridad a las solicitudes previstas en el apartado 1.a sobre las del 1.b. 
En este supuesto, de cubrir solicitudes previstas en el apartado 1.b para llegar al límite económico de la subvención, se priorizarán en orden al importe de la renta bruta per cápita de la unidad familiar (a menor renta per cápita mayor prioridad). 
-Los casos del apartado 2, de considerarse, se priorizarán en orden al importe de la renta per cápita de los miembros de la unidad familiar. 

Ver más sobre subvenciones.

miércoles, 11 de noviembre de 2015

ORACIÓN PARA LOS CASOS DESESPERADOS

Oh poderosa Santa Rita, llamada Abogada de los casos desesperados, patrona de los funcionarios, socorredora en la última esperanza, refugio y salvación en el dolor, que conduce al abismo del delito y de la desesperación: con toda la confianza en tu celestial poder, recurro a ti en el caso difícil e imprevisto que oprime dolorosamente mi corazón.


SANTA RITA DE CASIA 1386-1457
Dime, oh Santa Rita, ¿no me vas a ayudar tu?, ¿no me vas a consolar? ¿Vas a alejar tu mirada y tu piedad de mi corazón, tan sumamente atribulado? 
¡Tú también sabes lo que es el martirio del corazón! 
Por las atroces penas, por las amargas lágrimas que santamente derramaste, ven en mi ayuda. 

Habla, ruega, intercede por mí, que no me atrevo a hacerlo, al Corazón de Dios, Padre de misericordia y fuente de toda consolación, y consígueme la gracia que deseo (indíquese aquí la gracia deseada). 

Presentada es seguro que me escuchará: y yo me valdré de este favor para mejorar mi vida y mis costumbres, para cantar en la tierra las alabanzas de los justos y en el cielo las misericordias divinas.

Ruega también por esos funcionarios descarriados que, rebeldes anónimos, se saltan el procedimiento; para superar los trámites que ponen, a los humildes, políticos falsarios que empezaron como anarqu-, social-, comun- istas de ocasión ... hasta que pillaron el sillón.

lunes, 9 de noviembre de 2015

Gracia que espera alcanzar de vuecencia ...

... a quién guarde Dios muchos años.

El firmante EXPONE que ...
Cualquier cosa ... por registro.
Viéndome, como muchos otros vecinos de Langreo, en una precaria situación económica; con unos ingresos inferiores al 148% del IPREM y habiendo descubierto, por casualidad, que en dicha circunstancia, tengo derecho a la exención de algunas tasas; he iniciado los engorrosos trámites para solicitar dicha exención.

Llevado por la curiosidad he leído la Ordenanza nº 12 de Tasa de suministro de agua a domicilio y he conocido que se gestiona a través de una empresa mixta, pero no he encontrado los Estatutos de dicha sociedad, ni sus balances de resultados.

Leo sorprendido que la empresa suministradora no garantiza la cantidad o calidad del suministro, que se considera siempre precario para el usuario, que no obstante pagará sin poder reclamar indemnización alguna por daños o perjuicios.

En la misma línea el Reglamento de la Ordenanza habla de OBLIGACIONES, PROHIBICIONES, INFRACCIONES Y REGIMEN SANCIONADOR para el usuario, sin ninguna responsabilidad de la empresa suministradora.

 Por lo expuesto SOLICITA:
1.- La divulgación y simplificación de los trámites de estas exenciones para que estén, realmente, al alcance de los vecinos que las necesiten.
2.- La transparencia en la gestión de la empresa Aguas de Langreo.
3.- La modificación de la Ordenanza 12 y su reglamento para garantizar los derechos del usuario.
4.- La autorización de la lectura de este escrito al final del próximo Pleno y una respuesta (escrita a ser posible) sobre las medidas que se van a tomar.



sábado, 24 de octubre de 2015

Para evitar polémicas ... Audiencia Pública.

Reunión Tasas y Precios 21-10-2015 La Felguera

Vista la polémica planteada con relación a la "Reunión-Asamblea" de tasas y precios, y en particular respecto de la forma; y ante las dudas que tenía el propio alcalde al respecto sugiero que se recurra a la Audiencia Pública (Art. 13 del Estatuto de Participación Ciudadana) para convocatorias similares en distritos o generales.





Estatuto de Participación ciudadana.
Artículo 13.- Audiencia Pública.
Con el objeto de informar a los ciudadanos oralmente por parte del equipo de gobierno sobre actuaciones político-administrativas, recibir sugerencias o propuestas, se crea la figura de la Audiencia Pública.
La Audiencia Pública consiste en hacer sesiones específicas abiertas a todos/as los ciudadanos/as que lo deseen, para ser informados y escuchados respecto de temas de competencia municipal y se realizará bien por Distritos, bien por materias.
La Alcaldía convocará audiencia pública a iniciativa propia o a petición de:
• Las entidades y asociaciones debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas.
• Petición colectiva, con un mínimo de firmas acreditadas de los ciudadanos/as del Concejo con derecho de sufragio activo, no inferior al 10% del censo electoral.
• A instancia del Consejo de Participación Ciudadana.

Los contenidos de las sesiones de audiencia pública habrán de referirse a cuestiones de especial relevancia, de interés ciudadano.
Las solicitudes de sesiones se dirigirán por escrito a la Alcaldía señalando el tema a tratar y acompañados de la documentación acreditativa pertinente. 
La sesión de audiencia pública será presidida por el Alcalde/Alcaldesa o Concejal que este designe, debiendo nombrar previo a la sesión, un Secretario.
En la Mesa de la sesión de audiencia pública, se integrará un representante de los peticionarios. 
En estas sesiones no corresponde tomar acuerdos asamblearios y ejecutivos.
Si de la celebración de la sesión se desprendiera alguna propuesta de acuerdo para elevar al órgano municipal competente, corresponde a la Mesa recogerlo y trasladarlo a quien corresponda.
De acuerdo con el carácter complementario de la Audiencia Pública respecto de otros mecanismos de participación al alcance de los ciudadanos/as y que se recogen en este Estatuto, se establece que se celebran tantas audiencias públicas como se considere necesario.


Reunión con los vecinos de Cuturrasu
Las sesiones se organizarán de la siguiente manera:
1. Presentación del tema que se tiene que tratar.
2. Intervención de los solicitantes sin otra limitación que el uso razonable del tiempo.
3. Intervención y posicionamiento del equipo de gobierno.
4. Intervención y posicionamiento de los Grupos Municipales.
5. Replica del equipo de gobierno.
6. Conclusiones de la Ponencia.
7. Se dará traslado del acta de la sesión a las entidades ciudadanas que hubiesen intervenido, las cuales durante el plazo de quince días hábiles, podrán hacer alegaciones a la misma.

jueves, 22 de octubre de 2015

Ayer reunión ... que no es poco.

Aunque los negativos de siempre, hubiésemos preferido una Asamblea con un carácter más definido: informativa, consultiva, etc., con la documentación previa necesaria para interpretar y opinar, con conocimiento de causa y, al finalizar, un acta de conclusiones y recomendaciones, si procede.
Como la información fue verbal, cada uno de los presentes interpretará lo dicho según su leal entender.
Se habló de impuestos, de tasas, y precios municipales, para el año próximo (Presupuesto 2016): subirán menos, pero subirán ... por culpa de la herencia recibida.
Tenemos, en opinión del alcalde, algo parecido a una fábrica de chocolate, saneada financieramente, pero sin maquinaria, ni personal suficiente para hacer chocolate (dar correctamente los servicios).
Tal situación no requeriría, sin embargo, una auditoría, ni un análisis de los balances contables de años anteriores, porque no se perciben indicios de delito; si no simple incompetencia, torpeza y desidia de la administración anterior.

Una auditoría no presupone la comisión de ningún delito, aunque lo puede detectar, así como posibles irregularidades y errores; por lo que puede que fuese de interés normalizarlas y hacer una al final de cada mandato, para que la valoración económica de la gestión, fuese profesional y no políticamente interesada.

Ante la pregunta de por qué no se había distribuido, al menos entre los presentes, la información pertinente (borrador del presupuesto de 2016) se alegó falta de transparencia (aunque se trabaja en ello) y falta de recursos.

Una intervención hizo referencia al concepto "sestaferia" como posible respuesta a la falta de personal municipal.
Me he informado y en la "Compilación del derecho consuetudinario asturiano" se define la sestaferia como una prestación de carácter obligatorio para desarrollar trabajos comunales ... e inmediatamente se me ocurrió, siguiendo el símil de la fábrica de chocolate, que como los oompa-loompa además de trabajar gratis, tendríamos que hacerlo cantando.


martes, 15 de julio de 2014

Municipalismo político y social o de gestión.

No cabe duda de que el debate y la acción en los colectivos de izquierda en Asturias pasaba en 2014 por dos temas cruciales:
La autoorganización como alternativa política eficaz, y
La definición de una línea de actuación en los concejos que reactivase el tejido participativo, político y social y no tanto situarse en el poder local.

Ambos aspectos estaban interrelacionados y tenían unos hitos muy claros a corto plazo: el proceso de convergencia, al tiempo que se estructuran alternativas para las convocatorias electorales inmediatas.
El nivel de participación real de la ciudadanía, y el modelo resultante, sumarían o restarían apoyo popular (y/o electoral en su momento) y condicionaría el trabajo en el ámbito local, marcado por la convocatoria de elecciones municipales y autonómicas en mayo de 2015.

Toda la labor que se desarrollase, desde el ámbito local tendría efectos en los resultados que se obtengan en las elecciones generales, partiendo del supuesto de que se presentarían candidaturas de unidad popular, después de consultar a nuestros vecinos por todos los medios disponibles (asambleas públicas, redes sociales y en la calle).

¿Qué hacer? ¿Por dónde empezar?
Por coherencia política la herramienta clave, y a la vez bandera, era y es la participación ciudadana, desde el tejido asociativo (bastante débil y condicionado en general) hasta los instrumentos formales que dan los ayuntamientos (Estatutos de participación ciudadana) sin olvidar modelos alternativos.
Se trataría de hacer visibles las contradicciones, las irregularidades y la ineficiencia de la gestión de los partidos gobernantes en los ayuntamientos y Principado, sin olvidar a oposiciones complacientes.

Nada más plantearse una posible estrategia de acción, nos encontramos con serias limitaciones, de falta de conocimientos y experiencia municipal.

Este problema se podía afrontar desde dos perspectivas complementarias:
la incorporación o colaboración  de vecinos con experiencia y/o conocimientos,
y la labor elaborativa, de formación y asesoramiento de un grupo de expertos que trabaje los aspectos más técnicos y legales (de gestión).

Lo contrario de la extensión de la participación activa, aún con unos resultados buenos y la conquista de poder político local; deja la iniciativa a los tecnocratas profesionales, por falta de preparación y experiencia política de los concejales electos.

La estrategia política común y el marco organizativo debió debatirse en profundidad a nivel local, con una síntesis periódica colectiva que recogiese propuestas, aclarase dudas y lo reenviase al ámbito local, teniendo en cuenta el calendario establecido, para hacer eficaz el proceso asambleario y participativo.

Se trataba de avanzar trabajo para tomar decisiones cuando correspondiese, con conocimiento de causa; sin esperar y depender exclusivamente de programas elaborados por grupos reducidos de expertos, por muy cortos que sean los plazos y muy brillantes que sean los expertos.
La presencia activa en los concejos, recogiendo y encauzando reivindicaciones populares con perspectiva política, reforzaría la posición popular local; e interna, para el conjunto de la organización política alternativa a desarrollar. 
Y marcaría un estilo que pretendía ser democrático, abierto y participativo, … para  apartar a quienes venían pensando en un sillón.

Cuando, llegado el momento, se tubiesen responsabilidades de gestión, como gobierno o como oposición, en Concejos y Principado se afrontaría el trabajo institucional, con mecanismos de control democrático estrictos y plurales.
Si estos no existen, o se quieren aparentar desde dinámicas seudoasamblearias, cada vez más reducidas y sin contenido efectivo, el retroceso a formas de amiguismo y clientelismo tradicional, de fieles aplaudidores se implantará rápidamente bloqueando la participación ciudadana efectiva.