miércoles, 16 de noviembre de 2016

Nadar y guardar la ropa.

Modificaciones a los presupuestos 2017.

ORDENANZA FISCAL Nº 12. Suministro de agua (Modificada en Pleno 02-12-2015 y Publicada en el BOPA el 11-02- 2016)

PROPUESTAS DE MODIFICACIÓN A LA ORDENANZA FISCAL Nº 12. 
(Revertir las modificaciones anteriores y personalizar el consumo doméstico por habitante, no domicilios)
Art. 5.
1 Tasa de Suministro de agua potable.
 La tarifa aplicable por la prestación de este servicio se estructura según un modelo  binómico, estableciéndose una cuota fija por usuario, y una cuota variable en función del volumen de agua consumido.
La cuota variable de suministro de agua potable se determina a partir del consumo de agua durante el período de facturación (días transcurridos entre dos lecturas consecutivas)

Actual 1.1 Tasa de Suministro de Agua Potable de Uso Doméstico.
Suministro de agua en viviendas con o sin jardín y/o piscina y cocheras de capacidad hasta 3 vehículos.
Modificar a Suministro de agua en viviendas con o sin jardín y cochera de capacidad hasta 2 vehículos, y cualquier suministro con actividad agrícola y/o ganadera que no conste en el Registro de explotaciones agrícolas y ganaderas del Principado de Asturias (se incluyen las fincas rústicas, cuadras, cobertizos y otras construcciones similares).
La propuesta es eliminar las piscinas de la tarifa doméstica y pasarla a comercial y recuperar las explotaciones agrícolas no registradas, que se han pasado a la tarifa comercial en el último cambio (lo que, pese a la falta actual de control de estas instalaciones, supone a medio plazo una subida de las tarifas).

TASAS DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE DE USO DOMÉSTICO
1. Cuota de Servicio por usuario €/trimestre 9,27528€
2. Cuota Variable de consumo €/m3 de agua consumida.

Tramo de Consumo Trimestral/ usuario €/m3             (por habitante censado en la vivienda)
Bloque 1 Hasta 15 m3    0,07557
Bloque 2 De 16 a 30 m3 0,72518
Bloque 3 De 31 a 45 m3 0,76818
Bloque 4 De 46 a 72 m3 0,77532
Bloque 5 Más de 72 m3  0,78255
0,070 hasta 10m3         (Por habitante)
0,20 de 10m3 a 20m3   (Por habitante)
0,70 de 20m3 a 30m3   (Por habitante)
0,75 de 30m3 a 40m3   (Por habitante)
0,80      más de 40m3   (Por habitante)  
La intención, salvo error u omisión en los cálculos, es reducir las tarifas para los consumos menores por habitante (cada vivienda normalmente tiene una única toma, pero números muy diferentes de usuarios) para no penalizar a unidades familiares con más miembros.

1.2 Tasa de Suministro de Agua Potable de Uso Comercial.

Suministro de agua de piscinas, cocheras de capacidad entre 3 y 10 vehículos y almacenes de menos de 100 metros, organismos oficiales que no desarrollen actividades de Uso Industrial y Obras; y los suministros que realicen actividades artísticas, deportivas, de hostelería, comercio, servicios, despachos profesionales, educación, servicios sanitarios, y cualquiera de uso no doméstico no incluida en las tarifa de uso industrial y obras.

Volver a la tarifa de uso doméstico: cualquier suministro con actividad agrícola y/o ganadera que no conste en el Registro de explotaciones agrícolas y ganaderas del Principado de Asturias (se incluyen las fincas rústicas, cuadras, cobertizos y otras construcciones similares).
Bajar tasas.  Inversiones Urgentes. Auditoría inmediata de Aguas de Langreo. Transparencia en la gestión.


REGLAMENTO DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE A DOMICILIO.

ARTÍCULO 6
La utilización del suministro de agua se hará tomando el abonado la que necesite, sin limitación alguna, determinándose el volumen consumido mediante un aparato contador.
La empresa suministradora en ningún caso garantiza la cantidad y calidad del suministro, el que siempre tendrá carácter de precario derecho irrenunciable para el usuario.
!!GARANTIA DE LA CALIDAD DEL AGUA¡¡

ARTÍCULO 13. (Modificado para ajustarse a los cambios en Art. 5 de Tasas.)
Se entiende por usos domésticos todas las aplicaciones que se dan al agua para atender a las necesidades de la vida e higiene privada, como son la bebida, la preparación de alimentos y la limpieza personal y doméstica. 
También se consideran dentro de este grupo lo gastado para riego de jardines, en los domicilios particulares, así como en las cocheras de capacidad hasta 2 vehículos. Incluidos los cobertizos y otras construcciones similares que no constituyan actividad agrícola y/o ganadera que conste en el Registro de explotaciones agrícolas y ganaderas del Principado de Asturias.

Se aplicará esta modalidad exclusivamente a estos suministros, siempre que en ellos no se realice alguna de las actividades tipificadas en Usos No Domésticos.

(Habría que estudiar el concepto de Usos Comerciales en domicilio habitual para, en algunos casos, mantenerlos en la tarifa doméstica en función del volumen de negocio y la voluntad de fomentar la actividad económica.
También habría que adecuar de una forma justa los usos agrícolas registrados, sacándolos de la tarifa industrial).

Este modelo es muy exclusivo, por eso aunque iba en algún programa, no pudo conseguirse ninguno para Langreo.
Ahora con el Remanente y la subida de impuestos a los más ricos, puede que se consiga uno para Aguas de Langreo.


Además de la modificación (hacia abajo) de las tasas del agua debemos exigir el reinicio de las Inversiones pendientes, actuando la representación municipal en el Consejo de Administración de Aguas de Langreo en este sentido, estableciendo una partida de 1000 € por acción para inversiones en 2017 en la mejora de la red de abastecimiento, con la eliminación de las tuberías de plomo residuales que queden, e iniciando la sustitución de las de fibrocemento con todas las garantías de salud laboral para el personal que desarrolle la tarea.


Todo ello con una política municipal de transparencia absoluta o, al menos, de cumplimiento estricto de la Ley de Transparencia que les obliga a entregar la documentación solicitada por la ApRAL, no la que unilateralmente decida el alcalde.

Debe producirse al mismo tiempo una revisión del acuerdo del Pleno Extraordinario de este año sobre Aguas de Langreo que defiende la continuidad de Aqualia con unas condiciones a negociar que suponen 15 años más de gestión privada, ineficaz, cara y sin garantías suficientes de salubridad.
Del estudio de la poca documentación a la que hemos tenido acceso se deduce la sospecha de actuaciones irregulares, que fundamentan la necesidad de una auditoría inmediata de Aguas de Langreo desde su constitución.

Tasa agua doméstica 2008.                                               Tasa agua doméstica 2014-2016.
De 2008 a 2014 suben todos los bloques.
El bloque 1º se multiplica por más de 3.

Tasa agua industrial 2008.                                               Tasa agua industrial 2014-2016.
Tasa mantenimiento contadores 2008.                          Tasa manten. contadores 2014-2016.
Tasa agua bonificada 2008.                                               Tasa agua bonificada 2014-2016.
En 2016 no suben las tasas pero se redefinen las categorías, con una especial incidencia en el medio rural, tanto en las explotaciones registradas que pasan a la tarifa industrial, como en las no registradas que pasan a la tarifa comercial.

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