Modificaciones a los presupuestos 2017.
ORDENANZA FISCAL Nº 12. Suministro de agua (Modificada en Pleno 02-12-2015 y Publicada en el BOPA el 11-02- 2016)
PROPUESTAS DE MODIFICACIÓN A LA ORDENANZA FISCAL Nº 12.
(Revertir las modificaciones anteriores y personalizar el consumo doméstico por habitante, no domicilios)
Art. 5.
La tarifa
aplicable por la prestación de este servicio se estructura según un modelo binómico, estableciéndose una cuota fija por
usuario, y una cuota variable en función del volumen de agua consumido.
La cuota variable de suministro de agua potable se
determina a partir del consumo de agua durante el período de facturación (días
transcurridos entre dos lecturas consecutivas)
Actual 1.1 Tasa de Suministro de Agua Potable de Uso Doméstico.
Suministro de agua en viviendas con o sin jardín y/o piscina y cocheras de capacidad hasta 3 vehículos. |
Modificar a Suministro de agua en viviendas con o sin jardín y cochera de capacidad hasta 2 vehículos, y cualquier suministro con actividad agrícola y/o ganadera que no conste en el Registro de explotaciones agrícolas y ganaderas del Principado de Asturias (se incluyen las fincas rústicas, cuadras, cobertizos y otras construcciones similares).
|
La propuesta es eliminar las piscinas de la tarifa doméstica y pasarla a comercial y recuperar las explotaciones agrícolas no registradas, que se han pasado a la tarifa comercial en el último cambio (lo que, pese a la falta actual de control de estas instalaciones, supone a medio plazo una subida de las tarifas).
TASAS DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE DE USO DOMÉSTICO
1. Cuota de Servicio por usuario €/trimestre 9,27528€
2. Cuota Variable de consumo €/m3 de agua consumida.
Tramo de Consumo Trimestral/ usuario €/m3 (por habitante censado en la vivienda)
Bloque 1 Hasta 15 m3 0,07557 Bloque 2 De 16 a 30 m3 0,72518 Bloque 3 De 31 a 45 m3 0,76818 Bloque 4 De 46 a 72 m3 0,77532 Bloque 5 Más de 72 m3 0,78255 |
0,070 hasta 10m3 (Por habitante)
0,20 de 10m3 a 20m3
0,70 de 20m3 a 30m3
0,75 de 30m3 a 40m3
0,80 más de 40m3 (Por habitante) |
La intención, salvo error u omisión en los cálculos, es reducir las tarifas para los consumos menores por habitante (cada vivienda normalmente tiene una única toma, pero números muy diferentes de usuarios) para no penalizar a unidades familiares con más miembros.
1.2 Tasa de Suministro de Agua Potable de Uso Comercial.
Suministro de agua de piscinas,
cocheras de capacidad entre 3 y 10 vehículos
y almacenes de menos de 100 metros, organismos oficiales que no desarrollen
actividades de Uso Industrial y Obras; y los suministros que realicen
actividades artísticas, deportivas, de hostelería, comercio, servicios,
despachos profesionales, educación, servicios sanitarios, y cualquiera de uso
no doméstico no incluida en las tarifa de uso industrial y obras.
Volver a la tarifa de uso
doméstico: cualquier suministro con actividad agrícola y/o ganadera que no
conste en el Registro de explotaciones agrícolas y ganaderas del Principado de
Asturias (se incluyen las fincas rústicas, cuadras, cobertizos y otras
construcciones similares).
![]() |
Bajar tasas. Inversiones Urgentes. Auditoría inmediata de Aguas de Langreo. Transparencia en la gestión. |
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE SUMINISTRO
DE AGUA POTABLE A DOMICILIO.
ARTÍCULO 6
La utilización del suministro de agua se hará tomando el abonado la que necesite, sin limitación alguna, determinándose el volumen consumido mediante un aparato contador.
|
La empresa suministradora
!!GARANTIA DE LA CALIDAD DEL AGUA¡¡
|
ARTÍCULO 13. (Modificado
para ajustarse a los cambios en Art. 5 de Tasas.)
Se entiende por usos domésticos todas las aplicaciones que se dan al
agua para atender a las necesidades de la vida e higiene privada, como son la
bebida, la preparación de alimentos y la limpieza personal y doméstica.
También se consideran dentro de este grupo lo gastado para riego de jardines, en los domicilios particulares, así como en las cocheras de capacidad hasta 2 vehículos. Incluidos los cobertizos y otras construcciones similares que no constituyan actividad agrícola y/o ganadera que conste en el Registro de explotaciones agrícolas y ganaderas del Principado de Asturias.
También se consideran dentro de este grupo lo gastado para riego de jardines, en los domicilios particulares, así como en las cocheras de capacidad hasta 2 vehículos. Incluidos los cobertizos y otras construcciones similares que no constituyan actividad agrícola y/o ganadera que conste en el Registro de explotaciones agrícolas y ganaderas del Principado de Asturias.
Se aplicará esta modalidad exclusivamente a estos suministros, siempre
que en ellos no se realice alguna de las actividades tipificadas en Usos No
Domésticos.
(Habría que estudiar el concepto de Usos Comerciales en
domicilio habitual para, en algunos casos, mantenerlos en la tarifa doméstica en función del volumen de negocio y la voluntad de fomentar la actividad económica.
También habría que adecuar de una forma justa los usos agrícolas registrados, sacándolos de la tarifa industrial).
También habría que adecuar de una forma justa los usos agrícolas registrados, sacándolos de la tarifa industrial).
Además de la modificación (hacia abajo) de las tasas del agua debemos exigir el reinicio de las Inversiones pendientes, actuando la representación municipal en el Consejo de Administración de Aguas de Langreo en este sentido, estableciendo una partida de 1000 € por acción para inversiones en 2017 en la mejora de la red de abastecimiento, con la eliminación de las tuberías de plomo residuales que queden, e iniciando la sustitución de las de fibrocemento con todas las garantías de salud laboral para el personal que desarrolle la tarea.
Todo ello con una política municipal de transparencia absoluta o, al menos, de cumplimiento estricto de la Ley de Transparencia que les obliga a entregar la documentación solicitada por la ApRAL, no la que unilateralmente decida el alcalde.
Debe producirse al mismo tiempo una revisión del acuerdo del Pleno Extraordinario de este año sobre Aguas de Langreo que defiende la continuidad de Aqualia con unas condiciones a negociar que suponen 15 años más de gestión privada, ineficaz, cara y sin garantías suficientes de salubridad.
Del estudio de la poca documentación a la que hemos tenido acceso se deduce la sospecha de actuaciones irregulares, que fundamentan la necesidad de una auditoría inmediata de Aguas de Langreo desde su constitución.
Tasa agua doméstica 2008. Tasa agua doméstica 2014-2016.
|
Tasa agua industrial 2008. Tasa agua industrial 2014-2016.
|
|
|
|
|
|
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Participa, tu opinión importa.