viernes, 8 de mayo de 2015

Viendo los votos desde la barrera (05) Alcaldes de pueblo

Después de elegir la corporación municipal langreana, algunos tendremos el privilegio de elegir Alcaldes de Pueblo (pero sin campaña electoral, por favor).

En el núcleo rural persisten las Alcaldías de Pueblo, para facilitar la participación de los vecinos en la gestión municipal, acercar la administración a esas zonas, y fomentar la vida asociativa en el Pueblo.
El Alcalde de Pueblo es propuesto por la Asamblea de vecinos del pueblo y designado por la Alcaldía. 
La propuesta se hará a través de un proceso de votación secreta, de todos los residentes en un pueblo.
Se podrá presentar al cargo cualquier vecino con arraigo en el pueblo y en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
En caso de no haber propuesta de la Asamblea General de Vecinos será el Alcalde de Langreo quien le designe.
El periodo de mandato coincidirá con la duración del mandato del Alcalde, quien podrá removerles, por incumplimiento de sus atribuciones o causas de gravedad manifiesta.

Son atribuciones de los Alcaldes de Pueblo:
- Representar al Ayuntamiento y al Alcalde, en el pueblo.
- Facilitar la comunicación con las Entidades ciudadanas existentes en el pueblo.
- Remitir al Ayuntamiento, de forma periódica, información sobre las necesidades, acciones y servicios municipales que se desarrollen en el pueblo.
- Facilitar a los vecinos información municipal de carácter general, así como la referida a planes, proyectos o actuaciones a llevar a cabo en el pueblo.
- Convocar las sesiones de la Asamblea de Vecinos y preparar el orden del día.
- Supervisar el cumplimiento de los acuerdos adoptados (cumplir y hacer cumplir).
- Remitir al Ayuntamiento copia de las actas y acuerdos adoptados, propuestas, sugerencias, así como las denuncias, reclamaciones e iniciativas efectuadas por los vecinos.

La Asamblea General de Vecinos (compuesta por todos los vecinos mayores de edad empadronados) es un órgano consultivo, de decisión y debate, donde se expondrán para informe y conocimiento, los temas de índole local relacionados con el pueblo.
Celebrará reunión siempre que fuese preciso a iniciativa del Alcalde del Ayuntamiento, el Alcalde de Pueblo, un tercio de los vecinos o cualquiera de las asociaciones con implantación en el pueblo.
Los acuerdos de la Asamblea se trasladarán en forma de propuesta al Alcalde de Langreo y al Consejo de Distrito y al resto de la Corporación Municipal.
Después, la propuesta es tenida en cuenta, o no.

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